Descubierto bancario

La entidad y el cliente acuerdan de antemano que el cliente puede pedir dinero prestado cuando no quede saldo en la cuenta.

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La entidad y el cliente acuerdan de antemano que el cliente puede pedir dinero prestado cuando no quede saldo en la cuenta.

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La entidad y el cliente acuerdan de antemano que el cliente puede pedir dinero prestado cuando no quede saldo en la cuenta.

Índice

La entidad y el cliente acuerdan por anticipado que este último pueda disponer de fondos cuando no quede saldo disponible en su cuenta. En el acuerdo se determina la cantidad máxima de la que puede disponerse y si el cliente deberá abonar comisiones e intereses.

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La entidad y el cliente acuerdan por anticipado que este último pueda disponer de fondos cuando no quede saldo disponible en su cuenta. En el acuerdo se determina la cantidad máxima de la que puede disponerse y si el cliente deberá abonar comisiones e intereses.

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La entidad y el cliente acuerdan por anticipado que este último pueda disponer de fondos cuando no quede saldo disponible en su cuenta. En el acuerdo se determina la cantidad máxima de la que puede disponerse y si el cliente deberá abonar comisiones e intereses.

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