Descubierto expreso
La entidad y el cliente acuerdan de antemano que el cliente puede disponer de la cuenta aunque no quede saldo.
Descubierto expreso
La entidad y el cliente acuerdan de antemano que el cliente puede disponer de la cuenta aunque no quede saldo.
Descubierto expreso
La entidad y el cliente acuerdan de antemano que el cliente puede disponer de la cuenta aunque no quede saldo.
La entidad y el cliente acuerdan por anticipado que este último pueda disponer de fondos cuando no quede saldo disponible en su cuenta. En el acuerdo se determina la cantidad máxima de la que puede disponerse y si el cliente deberá abonar comisiones e intereses.
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La entidad y el cliente acuerdan por anticipado que este último pueda disponer de fondos cuando no quede saldo disponible en su cuenta. En el acuerdo se determina la cantidad máxima de la que puede disponerse y si el cliente deberá abonar comisiones e intereses.
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La entidad y el cliente acuerdan por anticipado que este último pueda disponer de fondos cuando no quede saldo disponible en su cuenta. En el acuerdo se determina la cantidad máxima de la que puede disponerse y si el cliente deberá abonar comisiones e intereses.
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